CONSCRIPTOS TIENEN SEGURO DE VIDA, ASCENSO Y 24 SUELDOS EN CASO DE MUERTE

Ante los trágicos hechos ocurridos en el Regimiento de Artillería-2 “Bolívar” de El Alto, donde fallecieron un sargento y seis conscriptos, las familias denunciaron la falta de apoyo para los funerales. Ante este escenario, es pertinente recordar que la normativa legal vigente de las Fuerzas Armadas (FFAA) activa diversos beneficios y mecanismos de ayuda económica para los allegados de quienes mueren estando bajo bandera.

Este derecho indemnizatorio fue resaltado públicamente por el expresidente Evo Morales Ayma durante el 184 Aniversario de creación de las Fuerzas Armadas de Bolivia, conmemorado el 7 de agosto de 2009 en la ciudad de Oruro. En dicho acto, la exautoridad destacó los beneficios normativos orientados a proteger a las familias de los efectivos militares fallecidos en el cumplimiento del deber.

El marco legal contempla que los herederos forzosos de soldados y marineros fallecidos en actos del servicio reciban una indemnización equivalente a 24 salarios (dos años) del haber de un sargento inicial. Este beneficio se financia con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, tal como lo establece explícitamente el artículo 117 de la Ley Orgánica de las FFAA.

Además de la compensación estatal, los conscriptos cuentan con un seguro personal de Univida que cubre gastos de sepelio, atención médica, evacuación e indemnización por invalidez o muerte. Dicha cobertura contempla accidentes y enfermedades adquiridas en las unidades militares, manteniéndose activa las 24 horas del día durante todo el periodo que dure la prestación del servicio militar.

Para acceder a estos seguros y beneficios, los familiares de las víctimas deben realizar los trámites correspondientes ante el Ejército, el Ministerio de Defensa y Univida dentro de un plazo límite de 15 días tras el deceso. Es imprescindible cumplir en tiempo y forma con la Guía de Procedimientos oficial para garantizar la correcta activación de las pólizas y bonos.

Cabe precisar que el seguro social de la Corporación del Seguro Social Militar (Cossmil) está reservado exclusivamente para el personal de carrera, como sargentos, instructores y oficiales. En contraste, los conscriptos y premilitares dependen de la póliza estatal de Univida, la cual sostiene convenios con diversas clínicas y centros de salud para brindar atención médica oportuna.

Para su habilitación, los jóvenes se someten a revisiones médicas tras presentarse en cualquier unidad militar y completan los formularios requeridos antes de ingresar formalmente al cuartel. Una vez superados los exámenes sanitarios, quedan asegurados ante contingencias, garantizando la cobertura de los gastos realizados por las unidades o las familias en caso de emergencia.

Existen antecedentes donde las familias de conscriptos fallecidos en el cumplimiento del deber accedieron a las indemnizaciones y honores correspondientes. Casos registrados en años pasados, tanto por accidentes como por hechos de violencia en unidades militares, demostraron la viabilidad de la entrega de estos bonos y beneficios tras comprobarse que las víctimas murieron bajo juramento a la bandera.

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