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Abogado: Ley contra legitimación de ganancias ilícitas, no afecta a gremiales, choferes, carniceros, ni periodistas

El abogado Sergio Coca, dijo que el proyecto de ley contra la legitimación de ganancias ilícitas, no afecta el secreto de imprenta, ni las actividades de los comerciantes o de las empresas ya que dicha norma solo pretende unificar la normativa existente en base a recomendaciones internacionales.

El jurisconsulto, entrevistado en el programa “Primer Plano”, de Bolivia Tv, dijo que las observaciones de sectores opositores al proyecto de ley “no tienen fundamento jurídico”.

Ante las críticas de sectores opositores que afirmaron que se otorga nuevas atribuciones a la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), el abogado dijo que las atribuciones y competencias de esa institución fueron establecidas en 1997 mediante normas específicas y no se pretende aumentar sus facultades.

Respecto a las versiones de que el proyecto de ley afectaría el secreto de imprenta, el especialista negó de manera categórica dicho extremo ya que el trabajo de la prensa está garantizado en la Constitución Política del Estado y el secreto de imprenta está claramente resguardado por la Ley de Imprenta.

Los medios de comunicación y periodistas no están contemplados como Sujetos Obligados, por lo que no les aplica el art. 11 del Proyecto de Ley, indica un reporte del Ministerio de Economía.

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, aclaró el miércoles que el proyecto de Ley N° 218/2020-2021, “Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva o no Convencionales”, no afecta al sector gremial, choferes del transporte libre y sindical, comerciantes de carne, periodistas y otros sectores de la actividad económica.

“La propuesta de este proyecto de Ley no afectará a gremiales, ni a periodistas porque lo que pretende esta norma es compilar de forma coherente y ordenada lo que ya está dispuesto en varias leyes”, aclaró, de acuerdo con un boletín institucional.

El artículo 11 del proyecto normativo establece que los “sujetos obligados” a informar algún movimiento sospechoso e irregular deben reportar a la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) estos hechos que no presentan ningún respaldo técnico y económico.

Los “sujetos obligados” están contemplados a las siguientes entidades: bancos, cooperativas de ahorro y crédito, instituciones financieras de desarrollo, entidades financieras de vivienda, entidades de arrendamiento financiero, almacenes generales de depósitos, casas de cambio, remesadoras de dinero, compañías de seguro, corredores de seguro, agencias de bolsa, sociedades administradoras de fondos de inversión, empresas transportadoras de dinero y/o valores, entidades de titularización del mercado de valores, burós de información crediticia, notarios de fe pública, juegos de azar y casino.

“Los gremiales no tienen que tener ningún temor porque en ninguna parte de la normativa se estipula que, a alguien, de la noche a la mañana, se le ocurra entrar a una cuenta bancaria de un comerciante”, enfatizó el Ministro.

Para iniciar una investigación debe haber previamente un movimiento económico sospechoso y sin ninguna justificación, “la UIF no se va a poner a investigar todos los días las cuentas, eso es imposible”, sostuvo.

Explicó que las personas que intentan legitimar sus ganancias ilícitas, aparecen, de la noche a la mañana, como dueños de grandes hoteles, con inversiones gigantescas y no tienen cómo justificar ese incremento sustancial de capital económico. En esos casos, recién se realizan las investigaciones de rigor.

“Las entidades bancarias cuando ven una operación sospechosa reportan a la UIF, cuando se verifica un movimiento económico inusual se hacen las investigaciones con base al proceso de rigor y se realiza un proceso judicial, no es que la UIF decide quién es culpable”, aclaró.

JML / Agencia Boliviana de Información

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