Bono Pepe II: ¿Quiénes cobran y quiénes quedan fuera?

El Gobierno de Rodrigo Paz aprobó el Decreto Supremo 5713 que establece el pago del Bono Pepe II, un apoyo económico dirigido a familias de menores ingresos y en situación de vulnerabilidad afectadas por la eliminación de la subvención al diésel. Este beneficio consiste en una transferencia bimensual de Bs 250, con un monto máximo acumulado de Bs 750. Según el artículo 4 de la norma, los beneficiarios se dividen en seis grupos: mujeres gestantes inscritas en el Bono Juana Azurduy, personas con discapacidad visual que reciben el Bono Anual de Indigencia, personas con discapacidad grave o muy grave registradas en el SIPRUNPCD, adultos mayores que reciben la Renta Dignidad y no perciben pensión, padres o tutores de alumnos de unidades educativas fiscales, y niñas, niños y adolescentes de centros de acogida y penitenciarios. Sin embargo, el artículo 5 establece exclusiones: no podrán acceder quienes reciban renta del Sistema de Reparto, pensión de jubilación, pensión de riesgos previsionales, ni asegurados dependientes, consultores o cooperativistas mineros con aportes a la Seguridad Social de Largo Plazo. Además, el beneficiario solo podrá cobrar por un único criterio de elegibilidad, aunque cumpla con varios.
El ministro de Economía y Finanzas, Christian Morales, indicó que la normativa establece que el pago comienza en noviembre, pero se está trabajando en adecuaciones al sistema para adelantar la fecha. «Calculamos que vamos a empezar a pagar desde mediados de octubre el beneficio del Pepe II, entre la segunda quincena de octubre iniciamos con los pagos», estimó. La norma también aclara que los criterios de exclusión se aplican al listado de beneficiarios, no así a los tutores o titulares de cobro.



